viernes, 18 de noviembre de 2016

ADVERSARIOS Y ENEMIGOS-35 ( 550 )

ADVERSARIOS Y ENEMIGOS

Decía Winston Churchill esta frase:  “Nuestros adversarios están enfrente nuestros enemigos atrás”.

Creo que nuestra filósofa Concejala estará de acuerdo y no tendría que seguir escribiendo. La comprendo perfectamente.

Se refería Churchill como simple adversario nada más y nada menos que al ejército alemán en la segunda guerra mundial y enemigos a los miembros de su propio partido.

En este blog he tenido que poner verdes a adversarios tan poderosos como el PP y Dragados, verdaderos culpables en el pasado de lo acontecido.

A estos le ha pasado lo mismo, yo era el profesional adversario que técnicamente debía defender, con todos los medios a mi alcance a los afectados. Primero mediante un contrato profesional pactado con cada uno hace más de 10 años y luego se ha sumado mi indeseado pero inevitable nombramiento como Presidente de esta asociación.

El respeto que he mantenido con Ayuntamiento y Dragados ha sido tal que en conversaciones les he transmitido mi admiración por lo bien que lo han hecho ( para sus intereses ), sin entrar en consideraciones morales, han sido y son grandes contrincantes. Ellos me han profesado igual admiración como respeto. Cuando hemos coincidido en intereses de ambos, no hemos dudado en colaborar.  

Con esta rescisión toda la responsabilidad la toma Ahora Madrid y DUS. Son ahora nuestros adversarios, míos y de La Plataforma. Reclamamos el mismo respeto. No estaremos de acuerdo o sí, pero creo que una formación política que tiene su origen en los Movimientos Sociales, debe asumir las críticas de estos Movimientos, como sus efectos cuando son adversos. Ya sé que no mola, pero es así.

Sería conveniente rebajar la tensión, buscar soluciones válidas.   Sobrevalorar a los representantes es un error propio de la inexperiencia. Si no gusta el derecho de superficie no es porque yo lo desaconseje y si gusta un tipo de acuerdo, por más que me oponga, saldrá.

De Florentino Pérez, qué decir. Son los propios concejales los que públicamente han contado la intervención directa de uno de los hombres más influyentes del Mundo ( gracias al Real Madrid ) en la solución de este pobre asunto. Por cierto, un abrazo muy fuerte a estos concejales valientes, esto nunca suele salir gratis.

Mezclar churras con merinas nunca es bueno, pero tanto la intervención directa del personaje como la posible relación con otros temas indican la situación crítica de la negociación del Paseo.

Tengamos la fiesta en paz, todos.



VIABILIDAD JURÍDICA

Esta es la excusa siempre para no llegar a acuerdos con TODOS los expropiados. No es viable jurídicamente la modificación o intervención en un Procedimiento Reglado como es el expropiatorio y menos ante una Sentencia Firme.

Esto ya lo he hablado muchas veces. Insistiré. La viabilidad ya no es jurídica sino política. José Manuel Calvo está obligado por el Pleno del Ayuntamiento, sin voto alguno en contra, a buscar una solución.

 Le recuerdo:


Como ve, Sr. Calvo, no se le esta preguntando nada, se le esta exigiendo que encuentre la fórmula legal oportuna para esta solución con los afectados.

Ya sé que piensa que esto es “un canto al sol”, nada que le incumba, totalmente imposible. Por cierto, menos empezar tantas cosas, acabe alguna.

Es usted, entonces, el que tiene la obligación de demostrarlo a la ciudadanía, con los medios jurídicos y políticos que crea conveniente. Y aceptarlo el resto de grupos. Por cierto, gracias a IU por desmarcarse en este tema de la opinión del Sr. Calvo, que no sé si es opinión de Podemos, Ganemos o independiente ( cada vez esto es más complejo ). 

Usted sabe que si hubieran sabido que la votación era a manos alzada, no se hubiera podido celebrar, ante la ausencia de cuórum, ya que se hubiera ausentado mas de la mitad de los que se abstuvieron.

Pero no sólo es responsabilidad suya.

El resto de grupos, todos, están obligados a pensar en esta solución, y proponerla. Abstenerse no es decir: “ Yo no quise votar que sí y así me abstengo de todo”, eso, insisto, no da votos, los quita. Aquel que encuentre esa solución será el ganador de esta carrera y no el que formule mejores preguntas en los plenos y comisiones.

Yo no soy abogado, pero llevo muchos años dedicado a esto. No he visto nunca esta rescisión con Dragados como un impedimento para los afectados, sino todo lo contrario, una oportunidad.

 En dicho Acta de Rescisión, se liquida económicamente, de acuerdo a los gastos satisfechos reales por el Concesionario, Dragados,  adjudicándose las liquidaciones pendientes de cobro como el lucro cesante correspondiente, mediante suelo dentro del sector.

Así mismo el Ayuntamiento obtiene los beneficios obtenidos reales, calculados como el diferencial entre el Convenio suscrito en Septiembre de 2006 y los 127 millones de euros de la presente Resolución. 

Es por tanto un reparto de beneficios y cargas en el proceso urbanístico en suelo urbano, cuyas condiciones vienen reguladas en el art. 9 de la Ley del suelo de 31 de Octubre de 2015 titulado Participación pública y privada en las actuaciones de transformación urbanística y en las edificatorias.

En su apartado 6 indica: La participación en la ejecución de las actuaciones sobre el medio urbano se producirá, siempre que sea posible, en un régimen de equidistribución de cargas y beneficios.

En su apartado 8 : Los Convenios o negocios jurídicos que el Promotor de la Actuación delebre con la Administración correspondientes no podrán establecer obligaciones o prestaciones adicionales ni más gravosas que las que procedan legalmente, en perjuicio de los propietarios afectados. La claúsula que contravenga estas reglas será nula de Pleno Derecho.

En el Artículo 24- 2a : Avance de la equidistribución que sea precisa, entendiendo por tal la distribución, entre todos los afectados, de los costes derivados de la ejecución de la correspondiente actuación y de los beneficios imputables a la misma, incluyendo entre ellos las ayudas públicas y todos los que permitan generar algún tipo de ingreso vinculado a la operación.

El Acta de Resolución incluye, una vez terminado el proceso expropiatorio, como de ejecución de las obras un reparto de beneficios que detecta un defectuoso equilibrio de beneficios y cargas que ha afectado directamente a los propietarios afectados que no han podido acogerse, por los motivos que sean, a la nueva Doctrina del Tribunal Supremo en sus valoraciones de suelo.

Esta situación produciría así, sin más, a su vez un enriquecimiento indebido de la Administración como del Concesionario, al suprimir deberes económicos del último y obtener la Administración libres de toda carga el suelo sobrante de la operación Urbanística.

A efectos valoración de este reequilibrio de beneficios y cargas, que se establece entre Propietarios por Mutuo Acuerdo y Ayuntamiento, se rige por el Art. 34 a) a efectos de valoración de suelo del ámbito. 

En el Artículo 34 a :  La verificación de las operaciones de reparto de beneficios y cargas u otras precisas para la ejecución de la ordenación territorial y urbanística en las que la valoración determine el contenido patrimonial de facultades o deberes propios del derecho de propiedad, en defecto de acuerdo entre todos los sujetos afectados.

Esta valoración de suelo, acogida a la Doctrina del Tribunal Supremo, es aceptada como válida por todos los Propietarios firmantes como la correcta de valoración por todos los conceptos, percibiendo en concepto no de expropiación sino de Indemnización el diferencial entre la expropiación percibida y el nuevo cálculo .

Esta Indemnización viene recogida en la Ley del Suelo en el Art. 48:

 a) La alteración de las condiciones de ejercicio de la ejecución de la urbanización, o de las condiciones de participación de los propietarios en ella, por cambio de la ordenación territorial o urbanística o del acto o negocio de la adjudicación de dicha actividad, siempre que se produzca antes de transcurrir los plazos previstos para su desarrollo o, transcurridos éstos, si la ejecución no se hubiere llevado a efecto por causas imputables a la Administración.

Las situaciones de fuera de ordenación producidas por los cambios en la ordenación territorial o urbanística no serán indemnizables, sin perjuicio de que pueda serlo la imposibilidad de usar y disfrutar lícitamente de la construcción o edificación incursa en dicha situación durante su vida útil.

b) Las vinculaciones y limitaciones singulares que excedan de los deberes legalmente establecidos respecto de construcciones y edificaciones, o lleven consigo una restricción de la edificabilidad o el uso que no sea susceptible de distribución equitativa.

c) La modificación o extinción de la eficacia de los títulos administrativos habilitantes de obras y actividades, determinadas por el cambio sobrevenido de la ordenación territorial o urbanística.

d) La anulación de los títulos administrativos habilitantes de obras y actividades, así como la demora injustificada en su otorgamiento y su denegación improcedente. En ningún caso habrá lugar a indemnización si existe dolo, culpa o negligencia graves imputables al perjudicado.

En fin, insisto, doctores tiene la Iglesia, esto puede ser así o no, pero algo deben proponer.

Creo que el Acta de Resolución es el que posibilita la viabilidad jurídica de una solución con los afectados.

No es que sea nula en caso contrario pero sí que sería nula la liquidación a efectuar en Enero.

Por eso estaba de acuerdo en cambiar el texto del punto 3 en el sentido de retrasar esta liquidación hasta encontrar esta solución jurídicamente viable.

A trabajar, los nuestros como los otros, todos.

PREGUNTAS

Sí, mientras tanto, los dos partidos políticos que más nos intentan demostrar su defensa, el Psoe, como C´s, formulan preguntas  sobre el Paseo.

Ya informé de la del Psoe, demandando en el Pleno del lunes que viene información sobre esa auditoría con colaboración externa ( Raquel ¿? ), encargada por la Junta de Distrito.

Sí, aquella que aparentemente los rumores nos indicaban que consideraban nulo de pleno derecho el 2 modificado del Plan Parcial….

Asistiremos a la negación de los hechos inevitable, porque como hemos visto no se recoge incumplimiento alguno en el Acta de Rescisión. Esto es obvio, no van a firmar un acuerdo amistoso, para luego poder reclamarse mutuamente.

En fin, asistiremos a este teatro.

La segunda está formulada por Bosco Labrado, de Ciudadanos, y será el día 23, en la Comisión de Desarrollo Urbano Sostenible.

No entiendo el nerviosismo ante esta pregunta, que es de lo más inocente como oportuna. No estoy muy de acuerdo con algunas cosas de Bosco, como tampoco de otros, pero aquí incluso se ha quedado corto.

Tengo que advertir que últimamente me sobrevaloran. No he hablado con nadie desde el día del Pleno, tampoco con la prensa. O sea que actúan sin que yo lo conozca. Que coincidan cosas con este blog, es otra cosa. Este medio va por libre.

Se están cerrando los presupuestos para el año que viene y considero primordial que se aclaren las cifras previstas económicas que cubran las necesidades del Paseo.

Si no arreglamos el pasado ni proveemos el futuro, pues, apaga y vámonos.

Las previsiones de gasto son:

2017 :  Calles y espacios públicos en entorno Paseo de la Dirección: 3.630.000 €

2017: Parque de la cornisa, Paseo de la Dirección: 1.900.000 € y 2018 : 1.000.000 €

La pregunta no puede ser más clara: Qué entra en esos 3.6 millones de euros ¿?

Es oportuna a su vez porque se contradice con los cálculos previstos en los anexos publicados por este medio.

Como veis las previsiones de costes eran:

Urbanización, calles pendientes de ejecución y espacios públicos ( fase 5 ): 4.131.800 €

Por cierto, gracias, la denominación fase 5, es de este blog.

 A su vez como veis se pensaba ejecutar un parque de cornisa con un coste de 1.140.000 €

Aquí hay que preguntar varias cosas, Bosco:

Infanzón debe enumerar las obras que incluye esa dotación que ahora vale 3.630.000 € y antes figuraba con un presupuesto de 4.131.800 €.

A su vez debe aclarar si entra en esta partida las calles adyacentes, aledañas y ademas las colindantes en mal estado, todas, que yo en presupuestos participativos, según datos del propio Inspector de la obra valoraba en 1.480.000 €.No tienen nada que ver con las calles incluidas en el Proyecto que vienen en el punto 5.2 del anexo que tenéis publicado más arriba. Son las calles que se quedan fuera.

Aquí no estamos para valorar los costes, cuanto más barato mejor, sino para que de una puñetera vez nos aclaren qué van a hacer y cómo pretende ejecutarlo.

En cuanto a la dotación de costes de la cornisa, esta claro que esta corregido al alza el coste. De 1.140.000 € que se pensaba gastar Dragados pasamos en dos años a casi el triple.

Esto parece más conveniente, seguro. Lo normal es que si se hace mejor cuesta más.

Pero sólo una reflexión.

Creo que a veces correr no es bueno. Si ya se sabe el coste ya hay un proyecto. Dejemos en este tema que esa Participación Ciudadana ejerza sus derechos en este conflictivo tema. Aunque cada vez la ciudadanía se cree menos esto. 

Me lo tomo como cifra orientativa.

En cuanto a la relación presupuestaria de DUS parece recogerse en el artículo de madridiario: ww.madridiario.es/438790/presupuesto-urbanismo-redaccion-megaproyectos-planes-movilidad-calidad-ambiental-objetivos-desarrollo-urbano.

22 millones para adquisición de suelo y dar cumplimiento a Sentencias del Jurado Territorial de Expropiación.

En primer lugar, el Jurado no dicta Sentencias, sino Resoluciones. Supongo se refiere a Sentencias en general.

Debe aclarar cuales se prevén y por qué importe en el Paseo, en esta acta tan amistosa y gratuita. Con la última ya se gastan más de 3 millones de euros de esta cantidad.

Y por otra parte, y esto si que es grave, indicar si en esta cifra se contempla alguna partida para cumplimiento del punto 29 del Pleno del 28 de Octubre, ayudas a los afectados.

Seguro que la respuesta a esta pregunta es sólo una:

NO.

Pero ya que estamos de preguntas, y por qué no preguntar:

¿ Dónde está el dinero presupuestado este año para el Polideportivo de Ofelia Nieto ? ¿ El año que viene ?

¿ Y qué de ese colegio infantil que tanto lucha nuestra Concejala de Distrito ?

¿ Dónde la carta prometida a más de 30 familias sobre la liberación de sus edificios ?

Demasiadas incógnitas para tan poca cabeza.


Si no se os ocurren preguntas, ya sabéis, leer el blog. Sobre las soluciones, ya ni hablamos.


OBRA

Como fase final de la misma se esta acometiendo la limpieza del terreno de la chatarrería según disposiciones de la fiscalía, ante denuncia policial a Dragados por contaminación del terreno con residuos durante su derribo.




Estas fotos son de esta mañana, gracias a mi informadora.

Aquí surge la siguiente pregunta:

¿ Vale esto 84.000 € y por qué debe ser costeado por el Ayuntamiento ?


El anexo así lo indica.


Se está ajardinando la rotonda. El aspecto mejora.


Sólo creo que, a falta algún detalle, queda para cumplir el acuerdo, además de abrir el paseo ( ¿¿¿????? ) dotar de gas y saneamiento la calle Alberdi. No terminar ya este tramo es sencillamente, una estupidez mas propia de un error ante este acta que otra cosa.

15 comentarios:

  1. El cómputo a hoy mismo de sentencias pendientes de pago, superan los Siete millones de euros.
    Y no ha llegado el 2017.

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  2. Buen trabajo Luis, me gusta este artículo:







    "En el Artículo 34 a : La verificación de las operaciones de reparto de beneficios y cargas u otras precisas para la ejecución de la ordenación territorial y urbanística en las que la valoración determine el contenido patrimonial de facultades o deberes propios del derecho de propiedad, en defecto de acuerdo entre todos los sujetos afectados."


    Está claro que aquí hay un defecto de acuerdo , o mejor dicho, un daño a unos sujetos que tan solo han asumido cargas y nada de beneficios.

    Si en DUS leen el blog ya tien algunas ideas para ir desarrollando el pliego de indemnizaciones al sujeto perjudicado en este procedimiento especulativo.

    y otra cosa , no debemos preocuparnos por las sentencias que salgan y que tendrá que asumir el ayuntamiento, digamos que 105.000 m2 de suelo urbano en Tetuán valen mucho dinero , seguro que muuuuuucho más que lo que tendrán que abonar.

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  3. El señor Calvo no hará nada mientras en DUS estén los mafiosos de siempre ...


    La causa penal abierta en el Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid se dirige contra Ángel Sanz D'Asteck, que era subdirector general de Edificación y vocal de la CPPHAN; Beatriz Lobón Cerviá, coordinadora general de Urbanismo y presidenta de la misma comisión; Norberto Rodríguez Pérez, director general de Control de la Edificación y vocal de la CPPHAN, y Javier del Palacio pareja sentimental de Cerviá...

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  4. Equilibrio: Estado en el que se encuentra el proceso de expropiación si la suma de todas las fuerzas que actúan sobre ella es cero. Aceptemos por la dificultad que entraña, y quitemos “todas las fuerzas” y sustituyámosla por “la mayoría de las fuerzas”.
    No existe equilibrio. Esto es una injusticia. Ahora mismo la balanza está totalmente abajo con el peso de Dragados, el Ayuntamiento se está precipitando por la barra abajo hacia Dragados y los expropiados NI EXISTIMOS ya en la balanza, el platillo de arriba vacío, somos despedidos de nuestras casas en propiedad y posiblemente de nuestro barrio, porque no podemos comprar la vivienda que por justicia nos corresponde.

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  5. ¿Qué creéis que estáis haciendo? ¿Qué creéis que estáis firmando? ¿En vuestras conciencias está el servicio público, la conciencia social de proteger a los más desprotegidos, habéis aplicado el interés social de toda expropiación forzosa?

    Prevaricación: Delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario, dicte a sabiendas una resolución injusta.

    Podéis revestirlo de toda la legalidad jurídica que queráis pero aunque la mona se vista de seda, mona se queda.

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  6. Quizás se pueda valorar la posibilidad de una demanda a la sala 4 del tsjm , las sentencias anteriores a la dictada por el ts en 19 de abril 2016 eran " Dictadas" Por DUS Y DRAGADOS.
    QUIZÁS eso se pueda demostrar, la sala 4 está en el punto de mira por diversas IRREGULARIDADES en diferentes ámbitos. ..
    No nos rindamos vecinos, aquí hay demasiadas coincidencias ,
    Vamos a destapar la conexión Dus-Sala 4 del tsjm - Florentino.

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  7. Pues vamos a seguir haciendo amigos. ..
    Se rumorea que hay algún contrato de alquiler indefinido en el edificio de realejo.
    Concretamente en el edificio 283 del paseo.
    Algo que decir señores de la emvs , Santos y Romualdo???

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  8. Pues entonces podríamos decir que SI SE PUEDE, pero NO SE QUIERE

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  9. Exactamente !
    No hacen ni la décima parte de lo que pueden.

    Seguiremos dando datos e información.

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  10. Una cosa es predicar y otra dar trigo:

    http://www.elmundo.es/cronica/2016/11/20/583031dee5fdea28748b457c.html

    Concejal de Distrito, multimillonaria capitalista, y a la vez pro-okupa, pero vota en contra de indemnizar a los expropiados-expoliados por la Administración que ella misma dirige.

    Hace falta ser un muy fino filósofo para entender todo esto (o tener la cara tan dura como el asfalto del paseo).

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  11. Suelo por suelo, derecho de propiedad privada por derecho de propiedad privada.

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  12. No se puede quitar vivienda habitual en propiedad y ahora ofrecer contratos de alquiler o derecho a utilizar suelo porque se han inventado un precio de expropiación ridículo y otro de compra todavía más ridículo. El suelo que me quitan es igual al que me ofrecen, a 500 m de distancia uno de otro. Ha de valer lo mismo por narices.

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  13. Podríais por favor dar información sobre relojo con contrato de alquiler indefinido? El Señor Santos Malagón me ha dicho que no es posible , que ni siquiera existe formulario al respecto.
    Señor Romero usted sabe algo?

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    1. No tengo noticias de esta posibilidad. Aunque figurara esa cláusula creo que ni sería legal con arreglo a la legislación vigente.
      Pero ni idea.
      Cuando negocié que fueran 5 y no 3 años fue porque me negaron tajantemente la legalidad del contrato indefinido y nuestro letrado así lo confirmó.

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