Para mí, vacaciones es dedicar
durante algunos días el tiempo en hacer lo que uno realmente quiere hacer, lo
que le gusta. Problema este para aquel que trabaja en lo que le gusta. Pero sí que puedes dedicar este tiempo en
dedicar tu trabajo en aquellos temas que más te realizan.
Como la felicidad nunca es
completa, parte de ese tiempo me dedico a algo que no me gusta.
Unos de los letrados de los
asociados esta dedicando su tiempo en la playa ( supongo con el mismo
planteamiento vital que el mío ) a redactar el primer Recurso de Casación, ante
el Tribunal Supremo de la Sentencia desfavorable a nuestros intereses del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Como sabéis pocos, solo aquellos
que reclaman más de 600.000 € pueden emplear este recurso, por eso de que la
Justicia en este país es igual para todos
.
Por esto es de suma importancia
estos pocos recursos. Porque la Sentencia del Tribunal Supremo sí que es
definitiva y genera Jurisprudencia. Depende por tanto de la defensa de todos,
si es que existe cualquier resquicio de revisión futura.
Por tanto estoy apoyando
técnicamente en lo que se me pide.
Cuando leo y releo la Sentencia
desfavorable, que ya es aparente generalizada para todos del Tribunal Superior,
se me ocurren muchos comentarios, pero
solo creo publicables lo siguiente:
Lo que deduce el Tribunal es algo
así:
Como no existen datos fiables de comparación de valores de mercado del
valor del suelo, sobretodo en una zona degradada donde existen chatarrerías y
talleres con viviendas antiguas, pues se debe emplear el valor de suelo
aplicable a Protección Pública ( VPP ).
Con esta deducción aplastante, sobra todo, como no sabemos
lo que vale, es que vale muy poco. Deducción que será amparado por
Jurisprudencia o no, pero que no puedo calificar de técnica.
Concretamente deduce:
Una mera lectura del Plan Parcial basta para desdeñar dicho sistema
habida cuenta el sistema edificatorio existente ya que aún siendo una zona eminentemente residencial existen
complementariamente algunos elementos de actividad, fundamentalmente almacén de
chatarra así como algunos talleres de automóviles, dedicados a chapa y pintura
de los que solamente uno se puede considerar como estación adecuada de moderna.
La edificación existente en su mayoría corresponde a pequeños edificios de 1 o
2 alturas de vivienda en mal estado de conservación, por ejemplo en la finca
objeto de análisis la edificación principal data de 1.930 según datos
catastrales, lo que imposibilita un análisis comparativo que habría de
realizarse exclusivamente a los usos de la edificación existente o la
construcción ya realizada.
Este comentario anula cualquier
valoración por comparación e incluso después para el cálculo por el método
residual que es el aplicable según Sentencia.
En otras palabras, que como no se
sabe lo que vale lo que nos han dejado años y años de dejadez del Ayuntamiento
como el retraso de Dragados, pues no vale y punto. Demos por tanto las gracias
a todos esos negocios, únicos que podían instalarse en una zona expropiada y
por ende sin posibles licencias municipales de ningún tipo.
Por tanto, si bien consideran que
el valor del suelo vale según sus cálculos 347´24
€/m2 respetan el valor del Ayuntamiento de 868 €/m2.
Menos mal que no tenemos que
devolver dinero.
Al mismo tiempo hemos recibido
del mismo Tribunal y en similar fecha valoración de finca incluida en el mismo
sector, pero no por expropiación sino por indemnización sustitutoria (
Sentencia 638/2014 ) por valor según pericial mía fijada en 1.905,78 €/m2 de repercusión, que aplica
la edficiabilidad de 1,97 m2/m2 y arroja un valor reconocido en dicha Sentencia
de 3.754 €/m2 .
No, no creo que aquí el Tribunal
se haya vuelto loco.
Mirad, yo creo que aquí han
pesado varios factores.
El valor de 3.754 €/m2 es,
similar al solicitado para todos, el Valor
de Mercado de los solares de la zona en el momento de valoración, que era
el año 2.008, año de la expropiación, y el Tribunal lo sabe ( como por
aplicación de respeto a los actos propios se deduce ).
Pero en una estricta visión de la
Ley 8/2007, que ya ha sido subsanada en el Reglamento de 2.011, en una
expropiación en el año 2008 lo que vale es lo que tienes y debido a la
“singularidad” de lo que es, pues se deduce el valor de 347,24 €/m2.
Por tanto mi valoración, puede
ser correcta, pero según ellos, no aplicable. Gracias de todas formas porque
confirma mi actuación profesional. Serán otros jueces los que determinen el
fondo de todo esto.
El mismo error lo deben haber
cometido los peritos solicitados por insaculación por el Ayuntamiento y
Dragados, más de 70 peritos que han dictaminado valores que oscilan entre ese
valor y llegan en alguno a aproximarse a 6.000 €/m2. Esta divergencia de
valores ha sido empleada con habilidad ( hay que reconocer los aciertos ) para
demostrar la imposibilidad de determinar un valor único de la expropiación.
Este disloque, que produce que
los solares valgan para el mismo Tribunal 10 veces menos que otros dentro del
mismo sector, es el que nos esta rompiendo la cabeza ahora.
Y es que ya he dicho que el Justiprecio
no es justo ni es precio.
A todos ( menos a los peritos que
vivimos de esto ) nos gustaría que existiera una “fórmula mágica” que marcara
el valor del suelo y creo que eso se debe fijar más por la contínua
actualización correcta de las Ponencias de Valores a nivel fiscal y menos con
el fácil e igualmente injusto empleo del máximo valor de suelo de VPP ( este
comentario no es fácil de entender para muchos, intento no emplear términos
técnicos ) .
También influye la posible
colaboración necesaria del perito en eso que se ha llamado “burbuja
inmobiliaria”, pero hay no somos responsables, nadie nos contrata para
determinar el valor real de las cosas, si es que este valor existe, sino
simplemente detectar el valor del mercado de las mismas en determinado momento,
sin entrar en consideraciones de si el mercado esta o no equivocado.
Seguiré limitando mis
apreciaciones, sólo algún comentario:
Y otra más diabólica, si la
pregunta anterior es negativa : ¿ Para qué ejecutar si eso va en contra de los
costes expropiatorios ? ¿ No es mejor esperar a la Sentencia ?
No creo que haya existido una
mente diabólica, pero el resultado, motivado por la falta de liquidez de
Dragados ha sido muy hábil su uso.
La crisis es como ese chapapote que impregna
y mata cualquier ser vivo, pero en el fondo produce la mutación de algunos que
no solo sobreviven sino que se alimentan del resto.
Queda también por conocer el
beneficiario de todo esto, pero eso es otro tema.
Pero, tengo una pregunta más
importante: ¿ Qué pinto yo en un chiringuito de playa escribiendo esto ? Yo
también estoy enganchado al blog y sigo enganchado en el programa del móvil de
los caramelos en el 181.
Lo que es más grave, ESTOY
TRABAJANDO, porque no me gusta nada este tema.
Sobre la obra, el Plan Parcial de
Touza y la evolución de todo esto, todavía no me he decantado por una opinión,
que sí tengo.
Creo que todos apoyaríamos
cualquier ejecución inmediata del sector, pero si hay que esperar, prefiero se
piense todo mejor. A buen entendedor….
Momento este de darme un baño y
refrescarme las ideas, no vaya a decir lo que no pretendo.
la verdad Sr Romero es que lees los comentarios de la sentencia y lo flipas. Primero las administraciones públicas hace décadas condenan a esa zona a la más absoluta de las miserias, y posteriormente, como la zona está como está de degradada en la sentencia comentan que los terrenos no valen apenas nada. Tendrían que haber entrado a analizar el porqué está la zona como está.
ResponderEliminarPues si. Yo vivo flipando desde que leí la primera hace meses.
ResponderEliminarEstos comentarios que sustentan unas sentencias deberían ser innecesarios.
ResponderEliminarY cuándo habrá un plan definitivo? O ya es de touza? Se pueden ver los planos o las fotos en algún sitio? Pero me refiero al definitivo, de haberlo... (en su web hay varias fotos pero también con diferentes proyectos y no sé cuál es el bueno/definitivo)
ResponderEliminarPor qué no da su opinión sobre él?
Por cierto, cuando acaben las obras actuales del primer tramo del paseo, cuál es la siguiente previsión?
Gracias, señor Romero.
Daniel.
El Plan actualmente aprobado no es el de Touza. Pero este Plan es el que quiere realizar Dragados. No hay previsiones hasta que esto se decante.
ResponderEliminarNo puedo dar opiniones técnicas hasta que no me sean facilitados planos y documentación técnica. La he solicitado, sin éxito.
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