ADVERSARIOS Y ENEMIGOS
Decía Winston
Churchill esta frase: “Nuestros adversarios están enfrente
nuestros enemigos atrás”.
Creo que nuestra
filósofa Concejala estará de acuerdo y no tendría que seguir escribiendo. La comprendo perfectamente.
Se refería
Churchill como simple adversario nada más y nada menos que al ejército alemán
en la segunda guerra mundial y enemigos a los miembros de su propio partido.
En este blog he
tenido que poner verdes a adversarios tan poderosos como el PP y Dragados,
verdaderos culpables en el pasado de lo acontecido.
A estos le ha
pasado lo mismo, yo era el profesional adversario que técnicamente debía
defender, con todos los medios a mi alcance a los afectados. Primero mediante
un contrato profesional pactado con cada uno hace más de 10 años y luego se ha
sumado mi indeseado pero inevitable nombramiento como Presidente de esta asociación.
El respeto que
he mantenido con Ayuntamiento y Dragados ha sido tal que en conversaciones les
he transmitido mi admiración por lo bien que lo han hecho ( para sus intereses ), sin entrar en
consideraciones morales, han sido y son grandes contrincantes. Ellos me han
profesado igual admiración como respeto. Cuando hemos coincidido en intereses
de ambos, no hemos dudado en colaborar.
Con esta
rescisión toda la responsabilidad la toma Ahora Madrid y DUS. Son ahora
nuestros adversarios, míos y de La Plataforma. Reclamamos el mismo respeto. No
estaremos de acuerdo o sí, pero creo que una formación política que tiene su
origen en los Movimientos Sociales, debe asumir las críticas de estos
Movimientos, como sus efectos cuando son adversos. Ya sé que no mola, pero es
así.
Sería
conveniente rebajar la tensión, buscar soluciones válidas. Sobrevalorar a los representantes es un
error propio de la inexperiencia. Si no gusta el derecho de superficie no es
porque yo lo desaconseje y si gusta un tipo de acuerdo, por más que me oponga,
saldrá.
De Florentino
Pérez, qué decir. Son los propios concejales los que públicamente han contado la
intervención directa de uno de los hombres más influyentes del Mundo ( gracias
al Real Madrid ) en la solución de este pobre asunto. Por cierto, un abrazo muy
fuerte a estos concejales valientes, esto nunca suele salir gratis.
Mezclar churras
con merinas nunca es bueno, pero tanto la intervención directa del personaje
como la posible relación con otros temas indican la situación crítica de la
negociación del Paseo.
Tengamos la
fiesta en paz, todos.
VIABILIDAD JURÍDICA
Esta es la
excusa siempre para no llegar a acuerdos con TODOS los expropiados. No es
viable jurídicamente la modificación o intervención en un Procedimiento Reglado
como es el expropiatorio y menos ante una Sentencia Firme.
Esto ya lo he
hablado muchas veces. Insistiré. La viabilidad ya no es jurídica sino política.
José Manuel Calvo está obligado por el Pleno del Ayuntamiento, sin voto alguno
en contra, a buscar una solución.
Le recuerdo:
Como ve, Sr.
Calvo, no se le esta preguntando nada, se
le esta exigiendo que encuentre la fórmula legal oportuna para esta solución
con los afectados.
Ya sé que piensa
que esto es “un canto al sol”, nada que le incumba, totalmente imposible. Por
cierto, menos empezar tantas cosas, acabe alguna.
Es usted,
entonces, el que tiene la obligación de demostrarlo a la ciudadanía, con los
medios jurídicos y políticos que crea conveniente. Y aceptarlo el resto de
grupos. Por cierto, gracias a IU por desmarcarse en este tema de la opinión del
Sr. Calvo, que no sé si es opinión de Podemos, Ganemos o independiente ( cada vez esto es más complejo ).
Usted sabe que
si hubieran sabido que la votación era a manos alzada, no se hubiera podido
celebrar, ante la ausencia de cuórum, ya que se hubiera ausentado mas de la
mitad de los que se abstuvieron.
Pero no sólo es responsabilidad suya.
El resto de
grupos, todos, están obligados a pensar
en esta solución, y proponerla. Abstenerse no es decir: “ Yo no quise votar
que sí y así me abstengo de todo”, eso, insisto, no da votos, los quita. Aquel
que encuentre esa solución será el ganador de esta carrera y no el que formule
mejores preguntas en los plenos y comisiones.
Yo no soy
abogado, pero llevo muchos años dedicado a esto. No he visto nunca esta
rescisión con Dragados como un impedimento para los afectados, sino todo lo
contrario, una oportunidad.
En dicho Acta de Rescisión, se liquida
económicamente, de acuerdo a los gastos
satisfechos reales por el Concesionario, Dragados, adjudicándose las liquidaciones pendientes de
cobro como el lucro cesante correspondiente, mediante suelo dentro del sector.
Así mismo el Ayuntamiento obtiene
los beneficios obtenidos reales, calculados como el diferencial entre el
Convenio suscrito en Septiembre de 2006 y los 127 millones de euros de la
presente Resolución.
Es por tanto un reparto de
beneficios y cargas en el proceso urbanístico en suelo urbano, cuyas
condiciones vienen reguladas en el art. 9 de la Ley del suelo de 31 de Octubre
de 2015 titulado Participación pública y
privada en las actuaciones de transformación urbanística y en las
edificatorias.
En su apartado 6 indica: La participación en la ejecución de las
actuaciones sobre el medio urbano se producirá, siempre que sea posible, en un
régimen de equidistribución de cargas y beneficios.
En su apartado 8 : Los Convenios
o negocios jurídicos que el Promotor de la Actuación delebre con la
Administración correspondientes no podrán establecer obligaciones o
prestaciones adicionales ni más gravosas que las que procedan legalmente, en
perjuicio de los propietarios afectados. La claúsula que contravenga estas
reglas será nula de Pleno Derecho.
En el Artículo 24- 2a : Avance de la equidistribución que sea
precisa, entendiendo por tal la distribución, entre todos los afectados, de los
costes derivados de la ejecución de la correspondiente actuación y de los
beneficios imputables a la misma, incluyendo entre ellos las ayudas públicas y
todos los que permitan generar algún tipo de ingreso vinculado a la operación.
El Acta de Resolución incluye,
una vez terminado el proceso expropiatorio, como de ejecución de las obras un
reparto de beneficios que detecta un defectuoso equilibrio de beneficios y
cargas que ha afectado directamente a los propietarios afectados que no han podido
acogerse, por los motivos que sean, a la nueva Doctrina del Tribunal Supremo en
sus valoraciones de suelo.
Esta situación produciría así,
sin más, a su vez un enriquecimiento indebido de la Administración como del
Concesionario, al suprimir deberes económicos del último y obtener la
Administración libres de toda carga el suelo sobrante de la operación
Urbanística.
A efectos valoración de este
reequilibrio de beneficios y cargas, que se establece entre Propietarios por
Mutuo Acuerdo y Ayuntamiento, se rige por el Art. 34 a) a efectos de valoración
de suelo del ámbito.
En el Artículo 34 a : La
verificación de las operaciones de reparto de beneficios y cargas u otras
precisas para la ejecución de la ordenación territorial y urbanística en las
que la valoración determine el contenido patrimonial de facultades o deberes
propios del derecho de propiedad, en defecto de acuerdo entre todos los sujetos
afectados.
Esta valoración de suelo, acogida
a la Doctrina del Tribunal Supremo, es aceptada como válida por todos los
Propietarios firmantes como la correcta de valoración por todos los conceptos,
percibiendo en concepto no de
expropiación sino de Indemnización el diferencial entre la expropiación
percibida y el nuevo cálculo .
Esta Indemnización viene recogida
en la Ley del Suelo en el Art. 48:
a) La alteración de las condiciones de ejercicio de la
ejecución de la urbanización, o de las condiciones de participación de los
propietarios en ella, por cambio de la ordenación territorial o urbanística o
del acto o negocio de la adjudicación de dicha actividad, siempre que se
produzca antes de transcurrir los plazos previstos para su desarrollo o,
transcurridos éstos, si la ejecución no se hubiere llevado a efecto por causas
imputables a la Administración.
Las situaciones de fuera de ordenación producidas por los cambios en la
ordenación territorial o urbanística no serán indemnizables, sin perjuicio de
que pueda serlo la imposibilidad de usar y disfrutar lícitamente de la
construcción o edificación incursa en dicha situación durante su vida útil.
b) Las
vinculaciones y limitaciones singulares que excedan de los deberes legalmente
establecidos respecto de construcciones y edificaciones, o lleven consigo una
restricción de la edificabilidad o el uso que no sea susceptible de
distribución equitativa.
c) La modificación
o extinción de la eficacia de los títulos administrativos habilitantes de obras
y actividades, determinadas por el cambio sobrevenido de la ordenación
territorial o urbanística.
d) La anulación de
los títulos administrativos habilitantes de obras y actividades, así como la
demora injustificada en su otorgamiento y su denegación improcedente. En ningún
caso habrá lugar a indemnización si existe dolo, culpa o negligencia graves
imputables al perjudicado.
En fin, insisto, doctores tiene
la Iglesia, esto puede ser así o no, pero algo deben proponer.
Creo que el Acta de Resolución es el que
posibilita la viabilidad jurídica de una solución con los afectados.
No es que sea nula en caso contrario pero
sí que sería nula la liquidación a efectuar en Enero.
Por eso estaba de acuerdo en cambiar el
texto del punto 3 en el sentido de retrasar esta liquidación hasta encontrar
esta solución jurídicamente viable.
A trabajar, los nuestros como los otros,
todos.
PREGUNTAS
Sí, mientras
tanto, los dos partidos políticos que más nos intentan demostrar su defensa, el
Psoe, como C´s, formulan preguntas sobre
el Paseo.
Ya informé de la
del Psoe, demandando en el Pleno del lunes que viene información sobre esa
auditoría con colaboración externa ( Raquel ¿? ), encargada por la Junta de
Distrito.
Sí, aquella que
aparentemente los rumores nos indicaban que consideraban nulo de pleno derecho
el 2 modificado del Plan Parcial….
Asistiremos a la
negación de los hechos inevitable, porque como hemos visto no se recoge
incumplimiento alguno en el Acta de Rescisión. Esto es obvio, no van a firmar
un acuerdo amistoso, para luego poder reclamarse mutuamente.
En fin,
asistiremos a este teatro.
La segunda está
formulada por Bosco Labrado, de Ciudadanos, y será el día 23, en la Comisión de
Desarrollo Urbano Sostenible.
No entiendo el
nerviosismo ante esta pregunta, que es de lo más inocente como oportuna. No
estoy muy de acuerdo con algunas cosas de Bosco, como tampoco de otros, pero
aquí incluso se ha quedado corto.
Tengo que
advertir que últimamente me sobrevaloran. No he hablado con nadie desde el día
del Pleno, tampoco con la prensa. O sea que actúan sin que yo lo conozca. Que
coincidan cosas con este blog, es otra cosa. Este medio va por libre.
Se están
cerrando los presupuestos para el año que viene y considero primordial que se
aclaren las cifras previstas económicas que cubran las necesidades del Paseo.
Si no arreglamos
el pasado ni proveemos el futuro, pues, apaga y vámonos.
Las previsiones
de gasto son:
2017 : Calles y
espacios públicos en entorno Paseo de la Dirección: 3.630.000 €
2017: Parque de la cornisa, Paseo de la
Dirección: 1.900.000 € y 2018 : 1.000.000 €
La pregunta no
puede ser más clara: Qué entra en esos
3.6 millones de euros ¿?
Es oportuna a su
vez porque se contradice con los cálculos previstos en los anexos publicados
por este medio.
Como veis las
previsiones de costes eran:
Urbanización,
calles pendientes de ejecución y espacios públicos ( fase 5 ): 4.131.800 €
Por cierto,
gracias, la denominación fase 5, es de este blog.
A su vez como veis se pensaba ejecutar un
parque de cornisa con un coste de 1.140.000 €
Aquí hay que
preguntar varias cosas, Bosco:
Infanzón debe
enumerar las obras que incluye esa dotación que ahora vale 3.630.000 € y antes
figuraba con un presupuesto de 4.131.800 €.
A su vez debe
aclarar si entra en esta partida las calles adyacentes, aledañas y ademas las
colindantes en mal estado, todas, que yo en presupuestos participativos, según
datos del propio Inspector de la obra valoraba en 1.480.000 €. No tienen nada
que ver con las calles incluidas en el Proyecto que vienen en el punto 5.2 del
anexo que tenéis publicado más arriba. Son las calles que se quedan fuera.
Aquí no estamos
para valorar los costes, cuanto más barato mejor, sino para que de una puñetera
vez nos aclaren qué van a hacer y cómo pretende ejecutarlo.
En cuanto a la
dotación de costes de la cornisa, esta claro que esta corregido al alza el
coste. De 1.140.000 € que se pensaba gastar Dragados pasamos en dos años a casi
el triple.
Esto parece más
conveniente, seguro. Lo normal es que si se hace mejor cuesta más.
Pero sólo una
reflexión.
Creo que a veces
correr no es bueno. Si ya se sabe el coste ya hay un proyecto. Dejemos en este
tema que esa Participación Ciudadana ejerza sus derechos en este conflictivo
tema. Aunque cada vez la ciudadanía se cree menos esto.
Me lo tomo como
cifra orientativa.
En cuanto a la
relación presupuestaria de DUS parece recogerse en el artículo de madridiario: ww.madridiario.es/438790/presupuesto-urbanismo-redaccion-megaproyectos-planes-movilidad-calidad-ambiental-objetivos-desarrollo-urbano.
22 millones para
adquisición de suelo y dar cumplimiento a Sentencias del Jurado Territorial de
Expropiación.
En primer lugar,
el Jurado no dicta Sentencias, sino Resoluciones. Supongo se refiere a
Sentencias en general.
Debe aclarar
cuales se prevén y por qué importe en el Paseo, en esta acta tan amistosa y
gratuita. Con la última ya se gastan más de 3 millones de euros de esta
cantidad.
Y por otra
parte, y esto si que es grave, indicar si en esta cifra se contempla alguna
partida para cumplimiento del punto 29 del Pleno del 28 de Octubre, ayudas a
los afectados.
Seguro que la
respuesta a esta pregunta es sólo una:
NO.
Pero ya que
estamos de preguntas, y por qué no preguntar:
¿ Dónde está el
dinero presupuestado este año para el Polideportivo de Ofelia Nieto ? ¿ El año
que viene ?
¿ Y qué de ese
colegio infantil que tanto lucha nuestra Concejala de Distrito ?
¿ Dónde la carta
prometida a más de 30 familias sobre la liberación de sus edificios ?
Demasiadas incógnitas
para tan poca cabeza.
Si no se os ocurren
preguntas, ya sabéis, leer el blog. Sobre las soluciones, ya ni hablamos.
OBRA
Como fase final
de la misma se esta acometiendo la limpieza del terreno de la chatarrería según
disposiciones de la fiscalía, ante denuncia policial a Dragados por
contaminación del terreno con residuos durante su derribo.
Estas fotos son
de esta mañana, gracias a mi informadora.
Aquí surge la
siguiente pregunta:
¿ Vale esto
84.000 € y por qué debe ser costeado por el Ayuntamiento ?
El anexo así lo
indica.
Se está
ajardinando la rotonda. El aspecto mejora.
Sólo creo que, a
falta algún detalle, queda para cumplir el acuerdo, además de abrir el paseo (
¿¿¿????? ) dotar de gas y saneamiento la calle Alberdi. No terminar ya este
tramo es sencillamente, una estupidez mas propia de un error ante este acta que
otra cosa.
El cómputo a hoy mismo de sentencias pendientes de pago, superan los Siete millones de euros.
ResponderEliminarY no ha llegado el 2017.
Buen trabajo Luis, me gusta este artículo:
ResponderEliminar"En el Artículo 34 a : La verificación de las operaciones de reparto de beneficios y cargas u otras precisas para la ejecución de la ordenación territorial y urbanística en las que la valoración determine el contenido patrimonial de facultades o deberes propios del derecho de propiedad, en defecto de acuerdo entre todos los sujetos afectados."
Está claro que aquí hay un defecto de acuerdo , o mejor dicho, un daño a unos sujetos que tan solo han asumido cargas y nada de beneficios.
Si en DUS leen el blog ya tien algunas ideas para ir desarrollando el pliego de indemnizaciones al sujeto perjudicado en este procedimiento especulativo.
y otra cosa , no debemos preocuparnos por las sentencias que salgan y que tendrá que asumir el ayuntamiento, digamos que 105.000 m2 de suelo urbano en Tetuán valen mucho dinero , seguro que muuuuuucho más que lo que tendrán que abonar.
El señor Calvo no hará nada mientras en DUS estén los mafiosos de siempre ...
ResponderEliminarLa causa penal abierta en el Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid se dirige contra Ángel Sanz D'Asteck, que era subdirector general de Edificación y vocal de la CPPHAN; Beatriz Lobón Cerviá, coordinadora general de Urbanismo y presidenta de la misma comisión; Norberto Rodríguez Pérez, director general de Control de la Edificación y vocal de la CPPHAN, y Javier del Palacio pareja sentimental de Cerviá...
Equilibrio: Estado en el que se encuentra el proceso de expropiación si la suma de todas las fuerzas que actúan sobre ella es cero. Aceptemos por la dificultad que entraña, y quitemos “todas las fuerzas” y sustituyámosla por “la mayoría de las fuerzas”.
ResponderEliminarNo existe equilibrio. Esto es una injusticia. Ahora mismo la balanza está totalmente abajo con el peso de Dragados, el Ayuntamiento se está precipitando por la barra abajo hacia Dragados y los expropiados NI EXISTIMOS ya en la balanza, el platillo de arriba vacío, somos despedidos de nuestras casas en propiedad y posiblemente de nuestro barrio, porque no podemos comprar la vivienda que por justicia nos corresponde.
¿Qué creéis que estáis haciendo? ¿Qué creéis que estáis firmando? ¿En vuestras conciencias está el servicio público, la conciencia social de proteger a los más desprotegidos, habéis aplicado el interés social de toda expropiación forzosa?
ResponderEliminarPrevaricación: Delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario, dicte a sabiendas una resolución injusta.
Podéis revestirlo de toda la legalidad jurídica que queráis pero aunque la mona se vista de seda, mona se queda.
Quizás se pueda valorar la posibilidad de una demanda a la sala 4 del tsjm , las sentencias anteriores a la dictada por el ts en 19 de abril 2016 eran " Dictadas" Por DUS Y DRAGADOS.
ResponderEliminarQUIZÁS eso se pueda demostrar, la sala 4 está en el punto de mira por diversas IRREGULARIDADES en diferentes ámbitos. ..
No nos rindamos vecinos, aquí hay demasiadas coincidencias ,
Vamos a destapar la conexión Dus-Sala 4 del tsjm - Florentino.
Jo, cada vez hacemos más amigos...
EliminarPues vamos a seguir haciendo amigos. ..
ResponderEliminarSe rumorea que hay algún contrato de alquiler indefinido en el edificio de realejo.
Concretamente en el edificio 283 del paseo.
Algo que decir señores de la emvs , Santos y Romualdo???
Pues entonces podríamos decir que SI SE PUEDE, pero NO SE QUIERE
ResponderEliminarExactamente !
ResponderEliminarNo hacen ni la décima parte de lo que pueden.
Seguiremos dando datos e información.
Una cosa es predicar y otra dar trigo:
ResponderEliminarhttp://www.elmundo.es/cronica/2016/11/20/583031dee5fdea28748b457c.html
Concejal de Distrito, multimillonaria capitalista, y a la vez pro-okupa, pero vota en contra de indemnizar a los expropiados-expoliados por la Administración que ella misma dirige.
Hace falta ser un muy fino filósofo para entender todo esto (o tener la cara tan dura como el asfalto del paseo).
Suelo por suelo, derecho de propiedad privada por derecho de propiedad privada.
ResponderEliminarNo se puede quitar vivienda habitual en propiedad y ahora ofrecer contratos de alquiler o derecho a utilizar suelo porque se han inventado un precio de expropiación ridículo y otro de compra todavía más ridículo. El suelo que me quitan es igual al que me ofrecen, a 500 m de distancia uno de otro. Ha de valer lo mismo por narices.
ResponderEliminarPodríais por favor dar información sobre relojo con contrato de alquiler indefinido? El Señor Santos Malagón me ha dicho que no es posible , que ni siquiera existe formulario al respecto.
ResponderEliminarSeñor Romero usted sabe algo?
No tengo noticias de esta posibilidad. Aunque figurara esa cláusula creo que ni sería legal con arreglo a la legislación vigente.
EliminarPero ni idea.
Cuando negocié que fueran 5 y no 3 años fue porque me negaron tajantemente la legalidad del contrato indefinido y nuestro letrado así lo confirmó.